Que Es Error De Prohibicion Indirecto
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antijuricidad del hecho (o de su significación antijurÃdica, de su ilicitud, etc.) constituye como se vio uno de los requisitos necesarios para poder atribuir y reprochar al autor la realización de la conducta tÃpica y antijurÃdica. - Los supuestos de error de prohibición (regulados en el artÃculo 14.3 del Código Penal) son casos de ausencia de conciencia de la antijuricidad del hecho En ellos el sujeto actúa creyendo que el comportamiento que realiza es lÃcito, esto es, conforme a Derecho. Cree que el ordenamiento le permite comportarse como lo está haciendo, a pesar de ser consciente http://www.ambito-juridico.com.br/site/index.php?n_link=revista_artigos_leitura&artigo_id=8945 de que realiza un hecho tÃpico (por ejemplo quien mata creyendo que está en legÃtima defensa sabe que está matando y quiere matar -dolo-, pero piensa erróneamente que el ordenamiento en esos casos le permite matar). Es preciso tener en cuenta que "ignorancia" no es lo mismo que "error". En este sentido, el artÃculo 6.1 del Código Civil establece que "la ignorancia de las Leyes no http://www.infoderechopenal.es/2012/12/error-de-prohibicion.html excusa de su cumplimiento", pero continúa señalando que "el error de derecho producirá únicamente aquellos efectos que las leyes determinen". Es por ello que el artÃculo 14.3 CP otorga relevancia a esta clase de error. No se considera error dudar sobre los hechos o la relevancia jurÃdico-penal de la conducta, es decir, cuando el sujeto tiene dudas o ni se plantea si lo que está sucediendo es lÃcito o ilÃcito, limitándose a no indagar. Según el Tribunal Supremo, "en estos casos el autor sólo tiene una duda pero no obra por error o ignorancia, ya que sabe que los hechos pueden ser delictivos y, sin embargo, acepta realizar la acción". - Error de prohibición vencible o invencible: responsabilidad penal Si el error de prohibición es invencible (esto es, el sujeto no podrÃa de ningún modo haber salvado su error, dadas las circunstancias del caso concreto), el artÃculo 14.3 del Código Penal lo declara exento de responsabilidad penal. Por el contrario, si el error de prohibición es vencible (esto es, el sujeto podrÃa haberse percatado de su error si hubiese prestado una atención media o si se hubiere informado), el artÃculo 14.3 del Código Penal est
por la que el autor de un hecho delictivo, al realizar el hecho, pensaba equivocadamente que su actuación era lÃcita. que es Según afirma la doctrina, este error puede basarse en creer que su acción no estaba prohibida (error directo) o en que actuaba amparado por alguna causa eximente de responsabilidad criminal (error indirecto). Si el que es error error sobre la ilicitud del hecho es vencible, es decir, que lo hubiese podido evitar, se impondrá la pena correspondiente al delito inferior en dos grados. Si el error fuese invencible, se le excluye la responsabilidad criminal. Ej.: arrojar al vertedero unos bienes que se encuentran en su vivienda creyendo que carecen de valor y que sus propietarios hacen dejación de los mismos, fia CP, art. 14.3. Error de hecho | Error de tipo 2014 Enciclopedia jurÃdica | Aviso legal | Diccionario jurÃdico de derecho | Mais verbetes : Alta | Cesión de créditos | Determinación de la ley aplicable
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